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Medicina aeronáutica y primeros auxilios

MED · 17/17

10. Fallecimiento a bordo + 11. Normas médicas TCP

13 min de lecturaActualizado octubre 2026

Cabin Ready

En resumen

Ante un fallecimiento a bordo hay una conducta reglada a seguir. Las normas médicas del TCP cubren medicamentos, alcohol, alimentación y, muy importante, la prevención de la fatiga con higiene del sueño pre y post-vuelo.

10. Fallecimiento a bordo

10.1 Conducta a seguir y aspectos reglamentarios

Si se produce un fallecimiento a bordo, el Comandante lo notificará inmediatamente al representante de la compañía en el aeropuerto de aterrizaje aportando los siguientes datos:

  • Nombre completo del fallecido.
  • Nacionalidad.
  • Fecha y hora del fallecimiento.
  • Aeropuerto de salida.
  • Si el fallecido viajaba acompañado, nombre, dirección y teléfono de los acompañantes.

Es responsabilidad del personal de Tráfico o agente de handling comunicar lo sucedido a la compañía para que contacte con los familiares más próximos y solicitar instrucciones sobre qué hacer con el cadáver. Igualmente deberán informar a las Autoridades del aeropuerto, Policía Local y Médico del aeropuerto. Asimismo, dispondrán lo necesario para hacerse cargo del cadáver. El Jefe o la Jefa de Cabina, tras consultar con el Comandante, colocará el cadáver y sus pertenencias personales en un asiento aislado, de forma que el resto de los pasajeros sufran las mínimas molestias. Después de aterrizar, el Comandante cumplimentará el documento “Informe de defunción a bordo”, indicando la fuente de información; lo firmará en compañía de dos testigos en plena posesión de sus derechos civiles; en caso necesario pueden actuar como testigos dos miembros de la tripulación. Es conveniente adjuntar un inventario de las pertenencias personales del fallecido/a.

11. Normas médicas y consejos generales para los TCP

Introducción

Los tripulantes deben encontrarse en buenas condiciones físicas para efectuar un servicio en vuelo. En consecuencia, está terminantemente prohibido prestar dicho servicio cuando la capacidad de trabajo está disminuida a causa de enfermedad, traumatismo, baja condición física o mental, fatiga o ingestión de medicamentos que puedan afectar de algún modo a la capacidad de atención o a los reflejos (Reglamento (UE) 965/2012, CAT.GEN.MPA.100, letra c; antes, JAR-OPS 1.085). En el caso de que un tripulante tenga disminuida la capacidad debido a la influencia de una tensión emocional es de su responsabilidad la decisión de efectuar un servicio de vuelo. No obstante, ante la menor duda, deberá consultar a los servicios médicos de la compañía. Si el Comandante aprecia que la capacidad de un tripulante ha disminuido por debajo de los límites aceptables para la seguridad, deberá impedir que dicho tripulante ejerza sus funciones en tanto no recupere su estado normal y capacidad.

11.1 Medicamentos

Cualquier medicamento, incluso los más simples remedios caseros (analgésicos, pastillas contra el resfriado, laxantes, etc.) pueden producir efectos secundarios que afectan a la capacidad normal debido a los efectos nocivos secundarios que pueden producir en cada individuo. La necesidad de tomar un medicamento implica la presencia de una enfermedad, suprimiendo los síntomas de la misma, con lo que se producirá una mejoría transitoria y ficticia. Existen ciertos medicamentos cuyos efectos secundarios pueden poner en peligro la seguridad del vuelo:

  • Somníferos y sedantes: no deben tomarse en las 12 horas anteriores al vuelo.
  • Antihistamínicos: (mareo, enfermedades alérgicas); no deben tomarse en las 12 horas anteriores al vuelo (Dramamine, Fenergan, Synopen, Biodramina, Alercur, Polamine, Celesemine, etc.).
  • Estimulantes: la cafeína, anfetaminas, etc., utilizadas para no dormir o suprimir el apetito inducen a menudo al hábito y pueden producir, en ocasiones, dolores de cabeza, desvanecimientos y distorsiones mentales. No está permitido el uso de estas drogas. El abuso del café o de la Coca-Cola tiene efectos nocivos.
  • Antibióticos: las penicilinas, tetraciclinas, etc., no sólo pueden afectar al estado normal de capacidad, sino que encubren una infección peligrosa para el desarrollo de las funciones del vuelo.
  • Medicinas contra la hipertensión: estos fármacos, que alteran los mecanismos de circulación de la sangre, pueden producir efectos secundarios como mareo, hipotensión al ponerse de pie o somnolencia, que en vuelo pueden afectar a la capacidad del tripulante. Cualquier tratamiento en este sentido debe efectuarse bajo la vigilancia de un especialista en Medicina Aeronáutica.
  • Analgésicos: los más potentes son nocivos cuando se vuela. Si los dolores son muy intensos el tripulante no debe volar.
  • Anestésicos: se debe permanecer al menos 48 horas sin volar después de una extracción dental que haya requerido anestesia local o general.
  • Extracción de sangre: los tripulantes no deben donar sangre voluntariamente, siempre que en las 24 horas siguientes se vaya a volar, o haya posibilidad de tener un vuelo, si se tiene la certeza de que en esas 24 horas no se va a volar, no hay ninguna contraindicación.

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Sobre: Fallecimiento a bordo + 11. Normas médicas TCP