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Seguridad en la aviación

SEC · 3/6

Normativa internacional, convenios y organismos

3 min de lecturaActualizado octubre 2026

Cabin Ready

En resumen

La seguridad aérea se rige por convenios internacionales (Chicago, Tokio, La Haya, Montreal) y organismos como OACI y la autoridad nacional. Marcan las normas comunes para todos los Estados.

Normativa aplicable

En el ámbito internacional el Anexo 17 es el que recoge las directrices a seguir por los estados miembros en materia de seguridad:

Anexo 17

Cada Estado establecerá una organización, elaborará y pondrá en aplicación los reglamentos, prácticas y procedimientos para proteger la Aviación Civil contra actos de interferencia ilícita, teniendo en cuenta la seguridad, la eficiencia y la regularidad del transporte aéreo. Busca la estandarización de medidas a nivel internacional.

Convenios internacionales: de París (1919) a Montreal (1999)

En el ámbito nacional, la normativa se concreta en los siguientes programas y planes:

Programa Nacional de Seguridad (PNS)

Establece la organización, métodos y procedimientos necesarios para hacer frente a actos de interferencia ilícita, preservando la regularidad y eficiencia del transporte aéreo nacional e internacional en todo el Estado español y su espacio aéreo. El programa satisface las normas y procedimientos establecidos en el Anexo 17 de OACI y en el Reglamento (CE) 300/2008. Está compuesto por:

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